NOTICIAS HISTORICAS – 8.2.2020

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08-feb-1825: Autorización del poder ejecutivo de las provincias del Rio        de La  Plata, al gobernador de Salta Dn. Juan Antonio Álvarez de Arenales para que  ajuste las convenciones que crea necesarias con los jefes de las Provincias del Alto Perú: base de ellas: el ejecutivo se obliga al cumplimiento de los convenios.

 “El gobierno de la Provincia de Buenos Aires como encargado del poder Ejecutivo Nacional por el congreso general Constituyente de las Provincias del Rio de La Plata : siendo conveniente al interés general de las provincias unidas, el acelerar por todos los medios posibles el termino de las desgracias de la guerra, y el hacer que cuanto antes recuperen su libertad las cuatro provincias del Alto Perú hasta el Desaguadero; con estos objetos el gobierno de Buenos Aires encargado del poder ejecutivo nacional, ha venido en autorizar plenamente, como por la presente autoriza, al Señor Coronel Mayor Dn. Juan Antonio Álvarez de Arenales, gobernador y capitán general de la provincia de Salta, para que ajuste las convenciones que crea necesarias con el jefe o jefes que mandan las fuerzas españolas; que ocupan las dichas cuatro provincias hasta el Desaguadero  o con las personas que fuesen igualmente autorizadas por ellos sobre la base de que estas han de quedar en la más completa libertad, para que acuerden lo que más convenga a sus intereses y gobierno; obligándose como se obliga el ejecutivo nacional  a ratificar inmediatamente, o con la previa autorización del congreso general constituyente, conforme a la ley fundamental de 23 de enero , todo cuanto  en virtud del presente ajustare y conviniere a su nombre el referido señor gobernador , y capitán general de la provincia de Salta –  Dado en Buenos Aires a 8 de febrero de 1825 – Heras –Manuel Jose García.”

Estas Instrucciones fueron dictadas en Buenos Aires cuando se pudo conocer la jornada de Ayacucho que reafirmó la independencia del Perú, sin embargo no se sabía que se quería lograr una total victoria con la rendición de las tropas realistas del Alto Perú, situación que el Gral. Arenales se entera el 10 de abril de 1825  en Suipacha, además que se había convocado a una Asamblea de representantes para determinar un gobierno netamente provisorio de las provincias del Alto Perú. Arenales escribe desde Potosí al gobierno de Buenos Aires: La demora de unos pocos días en mi salida por la dificultad de reunir los elementos necesarios, y por la causa que de antemano se han indicado a V. E. “HA ROBADO A LA FUERZA DE MI MANDO LA GLORIA DE HABER RENDIDO AL ULTIMO DE LOS OPRESORES DEL PERÚ” y desde Chuquisaca el 27 de abril de 1825, el mismo Arenales escribe a Bolívar que se encontraba en el Perú: “Apenas había llegado al punto de Mojos cuando tuve avisos oficiales de que LOS ESFUERZOS DE ESTAS PROVINCIAS, LA PROTECCION DEL EJÉRCITO LIBERTADOR DEL PERÚ y MUERTE DEL GRAL. OLAÑETA, habían puesto termino a la guerra de la independencia”. Esto significa que Arenales, podía liberar las provincias alto peruanas, si llegaba primero que Sucre y también podían ser independientes si acudían al Congreso General Constituyente que funcionaba en Buenos Aires de acuerdo con la convocatoria de 09 de mayo de 1825. (Fuente: colección oficial de leyes, decretos, órdenes, resoluciones de 1825 y 1826. LP, 1834)

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