La tarea de la Asamblea Constituyente – Willi Noack — 1.8.2006 – 6.8.2006

Hoy, 6 de agosto de 2006 la AC inicia su trabajo. Considero útil conocer el proceso europeo para dotarse de una CPE, para concentrarnos en este nuestro cometido en lo importante e imprescindible, pues el contenido temático de una CPE para el país democrático Bolivia será el mismo que de cualquier otro país democrático del mundo, si bien algunas particularidades puedan variar. A continuación cito:

“La Convención Europea, bajo la presidencia de Valéry Giscard d’Estaing, comenzó su labor el 28 de febrero de 2002. Estaba compuesta por 105 miembros, representantes de los gobiernos de los Estados miembros y de los países candidatos a la adhesión, de los parlamentos nacionales de esos Estados, del Parlamento Europeo y de la Comisión.

Asimismo, participaron en los trabajos 13 observadores que representaban al Comité de las Regiones, el Comité Económico y Social Europeo, los interlocutores sociales europeos y el Defensor del Pueblo Europeo. Todas las sesiones de la Convención Europea estuvieron abiertas al público y se publicaron todos los documentos oficiales, principalmente en Internet. Se constituyeron numerosos grupos de trabajo y se procedió a efectuar amplias consultas entre las organizaciones que representan a la sociedad civil (sindicatos, patronales, organizaciones no gubernamentales, círculos universitarios, etc.).

Tras dieciséis meses de intenso trabajo, la Convención Europea aprobó por consenso, logrado entre junio y julio de 2003, un Proyecto por el que se establece una Constitución para Europa.

Dicho proyecto fue presentado en una Conferencia Intergubernamental compuesta por representantes de los gobiernos de los Estados miembros actuales y futuros. Los jefes de Estado y de Gobierno llegaron a un acuerdo el 18 de junio de 2004.

La Constitución Europea fue firmada en Roma el 29 de octubre de 2004 por los jefes de Estado y de Gobierno de los 25 Estados miembros.”

Falta la aprobación por parte de todos los 25 países según procedimientos de cada país. En un primer referéndum, las poblaciones de Francia y de Países Bajos no avalaron el proyecto.

“Una Constitución es un texto que contiene las disposiciones fundamentales de un Estado o de un conjunto de Estados. En dichas disposiciones figura la respuesta a varias preguntas.

¿Cómo funcionan las instituciones? ¿Cuál es el reparto de poderes? ¿Qué medios pueden utilizarse para aplicar las políticas? ¿Qué valores se defienden? ¿Cuáles son los derechos fundamentales de los ciudadanos?

En realidad, la Constitución Europea es a la vez un Tratado sujeto a las reglas del derecho internacional y una Constitución, pues contiene elementos de naturaleza constitucional.

La Constitución Europea se divide en cuatro partes. En la primera de ellas se definen los valores, objetivos, competencias, procedimientos de toma de decisiones e instituciones de la Unión Europea; también aborda los símbolos, la ciudadanía, la vida democrática y las finanzas de la Unión. En la segunda parte figura la «Carta de los Derechos Fundamentales». En la tercera, se describen las políticas y las acciones internas y externas así como el funcionamiento de la Unión Europea. En la cuarta parte se estipulan las disposiciones finales, entre las que se encuentran los procedimientos de adopción y de revisión de la Constitución. A partir de ahora, un país podrá abandonar la Unión Europea si así lo desea.

Una Carta de los derechos fundamentales

La Carta garantiza el respeto de la dignidad humana, del derecho a la vida, la prohibición de la tortura y de las penas o tratos inhumanos o degradantes, el derecho a la libertad y a la seguridad, tortura y de las penas o tratos inhumanos o degradantes, el derecho a la libertad y a la seguridad, el respeto de la vida privada y familiar, la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, la libertad de expresión y de información, el derecho a la educación, la libertad de empresa, el derecho a la propiedad, la igualdad ante la ley, el respeto de la diversidad cultural, religiosa y lingüística, la igualdad entre hombres y mujeres, la integración de las personas

discapacitadas, el derecho a la tutela judicial y a un juez imparcial, la presunción de inocencia y los derechos de la defensa, etc.

La Carta forma parte integrante de la Constitución. Se aplica a las instituciones europeas y a los Estados miembros cuando ponen en práctica el Derecho comunitario. No sólo contempla los derechos civiles y políticos incluidos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos de 1950, sino también otros ámbitos como son los derechos sociales de los trabajadores, la protección del medio ambiente o el derecho a una buena administración.”

Fuente: http://europa.eu/constitution/download/brochure_160904_es.pdf

Más sobre el tema: http://europa.eu/roadtoconstitution/index_es.htm

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Relacionado:

http://www.eforobolivia.org/leerArticuloEspecifico.php?id=4038

Sobre Constitución y Constituyente (parte I) – Willi Noack – EL DEBER – 27.3.2005

Sobre Constitución y Constituyente (parte II) – Willi Noack – EL DEBER – 28.3.2005

¿A Bolivia le importa la Constitución de la UE? – Willi Noack – 29.4.2005

www.eforobolivia.org

www.riberalta-bolivia.com

NOTA: Una versión corta será publicada en

EL DEBER en fecha 6.8.2006
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Algunas insuficiencias de la Constituyente

La Asamblea Constituyente, tanto por la forma en que ha sido organizada, como por la gente que la compone, poco o nada ofrece. La transformación del país será hecha desde otros niveles y sectores, lo que debemos evitar es que por vía del poder constituido, fuertemente penetrado por corrientes foráneas, se desvirtúe el carácter nacional transformador.

fuente:http://www.opinion.com.bo/PortalNota.html?CodNot=111574&CodSec=2 Opinión, 3.8.2006 Editorial

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OPINIONES DE LA GENTE

¿Cuáles son las mayores insuficiencias y debilidades de la Asamblea Constituyente que seráinstalada en la ciudad de Sucre?

Ivy Romina Pérez
Delegada Prefectural a la Asamblea

A pesar de que la Asamblea aún no se ha instalado, podemos evidenciar que ha sido un proceso interesante. Los problemas que se están planteando al calor de los hechos se están solucionando, el proceso será un aporte para enriquecer el evento con propuestas de cambio. En cuanto a los temas operativos, entiendo que las autoridades en Sucre están haciendo todo lo posible, además que hay una fuerte inversión para la infraestructura.

Max Mendoza
Coordinador Subprefecturas

Hay mucha debilidad porque se ha podido ver que expertos en el tema jurídico nacional no pasan de 20 personas, dos empresarios y el resto son personas que tienen un criterio donde piensan que van a dar soluciones en función de sus necesidades y no del conjunto del país y esto va a generar que no se puedan poner de acuerdo ni siquiera para elegir la directiva

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Gonzalo Lema
Concejal MAS

La Constituyente se trabaja primero en términos de consenso en las calles para que cuando se instale la Asamblea se presenten los pareceres debatidos por la ciudadanía. Una insuficiencia es que los constituyentes van a debatir a nombre de ocho millones de ciudadanos cuando debían llegar a redactar. La insuficiencia mayor es que no hemos debatido temas que hacen al cambio profundo de nuestra República, existe la percepción que se trataría de imponer criterios.

fuente:http://www.opinion.com.bo/PortalNota.html?CodNot=111576&CodSec=2

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Especiales / Asamblea Constituyente

El proceso de refundación del Estado boliviano, de la A a la Z

Este 6 de agosto, los 255 constituyentes electos hace un mes iniciarán su trabajo en Sucre para definir el alcance de la nueva Carta Magna. La siguiente es una relación de las nociones generales sobre el accionar de la Asamblea Constituyente.

A 181 años de la creación de la República, los bolivianos delegaron a sus representantes territoriales la refundación del Estado en la Asamblea Constituyente. En la presente entrega, La Razón desarrolla las nociones generales sobre cómo, por cuánto tiempo y dónde se desarrollará este proceso y, lo que es más importante, cuáles serán sus facultades, atribuciones y límites jurídicos.

En el despliegue de la información, recogida de la Corte Nacional Electoral (CNE), la Representación Presidencial para la Asamblea Constituyente (Repac) y los propios asambleístas, se abordan temas que los constituyentes aún definían hasta anoche en Sucre, donde se concentran desde el martes.

Los asambleístas, cuyo número es de 255 (de los cuales 137 representan al partido en función de Gobierno), tendrán en sus manos la transformación del Estado, en lo que concierne a los tres poderes y la definición general de las políticas económicas y sociales, y regímenes como el autonómico y de descentralización.

La siguiente es la relación de las preguntas y respuestas que responden las dudas más recurrentes sobre este proceso.

¿Qué es la Constitución Política del Estado (CPE)?


La Constitución Política del Estado o Carta Magna es la ley fundamental de la República. Es un principio de ordenamiento jurídico que está por encima de todas las otras leyes vigentes.

– Establece el tipo de organización política del Estado y la forma de gobierno, la división de poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) y sus potestades.

– Asimismo, reconoce los derechos, libertades, garantías y obligaciones de los ciudadanos.

– Determina cómo elegir a las autoridades (Presidente, Vicepresidente) y representantes (senadores, diputados, concejales o constituyentes) y cómo se relaciona la sociedad con ellos.

– Establece los regímenes económico, social, agrario, campesino, cultural, y familiar, en pautas generales para la ejecución de las políticas delineadas por los respectivos gobernantes.

– En suma, la CPE expresa el grado de acuerdo político de la sociedad, a través del cual sus miembros aceptan normas de convivencia pacífica.

¿A qué se denomina Asamblea Constituyente (AC)?


Se llama Asamblea Constituyente a la reunión de los representantes (o constituyentes) elegidos por voto universal (popular) y directo. Aunque la Constitución Política del Estado reformada no la define, se la reconoce como el espacio deliberante para discutir y redactar la nueva Carta Magna. Cumplida su tarea, se disuelve. Es independiente, sus deliberaciones y decisiones no se someten a ningún poder estatal. Este mecanismo legal, junto a otras normas como la del Referéndum, se introdujo en la Constitución el año 2004.

¿Cómo se hacen las reformas parciales a la Carta Magna?


La Asamblea Constituyente es el mecanismo para reformar toda la Constitución Política del Estado. Pero los cambios parciales (sólo de algunos artículos) no necesitan este mecanismo; estas transformaciones se realizan en el Congreso, para lo cual se aprueba de una Ley de Necesidad de Reforma Constitucional, que debe especificar los artículos a modificar o introducir.

¿Cómo se convocó a la Asamblea Constituyente?


El artículo 232 de la Constitución Política del Estado determina que la Asamblea Constituyente se convoca por “Ley Especial de Convocatoria”, sancionada por dos tercios de voto congresal. No puede ser vetada por el Presidente de la República. Así, el 6 de marzo del presente año, el presidente, Evo Morales Aima, promulgó esta normativa para el desarrollo de este proceso.

¿De cuántos miembros está compuesta la Asamblea?


El 2 de julio se eligió a 255 constituyentes, en representación de la ciudadanía, en sus territorios.

¿Con qué mecanismo se eligieron los 255 constituyentes?

– 210 fueron electos en las 70 circunscripciones territoriales del país (tres de cada una); dos del frente que obtuvo la mayoría y uno de la segunda fuerza.

– Los otros 45 se eligieron en las nueve circunscripciones departamentales; cinco en cada una (dos por la mayoría, uno por la segunda fuerza, uno por la tercera y uno por la cuarta), cuando éstos lograron más del cinco por ciento de los votos válidos.

¿Qué pasará si un constituyente renuncia o fallece?


En el caso de un uninominal le remplazará quien le siguió en la lista de candidatos de su partido o agrupación ciudadana. Si es departamental, será reemplazado por el primer candidato no elegido de la lista de su partido.

¿Los asambleístas gozarán de alguna prerrogativa o de un beneficio especial?
Durante la vigencia de su mandato, gozarán de las mismas prerrogativas e inmunidades reconocidas a los miembros del Honorable Congreso Nacional.

¿Cuándo y dónde se reunirán los 255 miembros de la Asamblea Constituyente?
La Asamblea se instalará el 6 de agosto del 2006 en la ciudad de Sucre, capital de la República.

¿En qué instalaciones funcionará la Constituyente?


Las actividades se desarrollarán en los ambientes del teatro Gran Mariscal. La Prefectura del departamento y la Alcaldía de Sucre también habilitaron los predios del colegio Junín para el trabajo de las comisiones. Según la propuesta del MAS éstas podrían llegar a ser de ocho a diez; esta última idea es compartida por Podemos, mientras que Concertación Nacional (CN) habla de crear 35 comisiones. Se prevé que cada una estaría conformada por 25 a 30 personas.

¿Cuánto tiempo sesionará la Asamblea Constituyente?


A partir de su instalación tendrá un periodo de sesiones continuo e ininterrumpido no menor a seis meses ni mayor a un año calendario, de acuerdo con lo que señala la Ley de Convocatoria.

¿Qué pasa si hasta el año del trabajo de los constituyentes éstos no logran ponerse de acuerdo en un tema?


Esto debe ser precisado en el reglamento de funcionamiento. Hay un vacío jurídico al respecto. Una alternativa es someter el tema que no se pudo resolver al Referéndum de Adscripción Constitucional, mecanismo popular que aprobará la nueva Constitución Política del Estado, según propone Carlos Romero, constituyente masista por el departamento de Santa Cruz.

¿Cuál es la correlación de fuerzas en la Asamblea?


Dieciséis frentes introdujeron a sus representantes en la Asamblea Constituyente. El MAS cuenta con 137 de los 255 asambleístas; Podemos con 60; UN tiene 8; el MNR 8; el MBL 8; MNR–FRI 8; AS 6; CN 5; MOP 3; APB 3; el MNR–A3 posee 2; la agrupación Ayra 2; ASP 2; el MIR-NM 1; MCSFA 1; y AAI 1.

¿Cómo se organiza para funcionar la Constituyente?


La Asamblea Constituyente puede elaborar y establecer su propio reglamento interno. Mientras se apruebe éste, puede regirse por normas del Título IV del Reglamento General de la Cámara de Diputados (a excepción de los capítulos V y VI), especifica la Ley de Convocatoria. Desde que se conocen los resultados de la elección (dice la norma), funciona una comisión Ad Hoc, con un constituyente en representación de cada departamento. Las funciones de la comisión son:

– Realizar actividades preparatorias para instalar la Asamblea.

– Recibir propuestas de reformas a la Constitución y los proyectos de reglamento para el funcionamiento de la Constituyente.

– Instalar la sesión preparatoria de la Asamblea Constituyente.

– Recibir el juramento de los constituyentes electos.

Anoche, esta comisión se conformó, finalmente, después de que las brigadas de constituyentes de los departamentos de Santa Cruz y Tarija eligieron a sus respectivos representantes.

¿Cómo estará conformada la directiva de la Constituyente y cuál será su función?


Este tema lo debe resolver la comisión Ad Hoc, antes de la instalación oficial de la Asamblea. La función de estas personas será dirigir todo el proceso, a la cabeza de una presidencia.

¿Cuántos miembros tendrá la directiva de la Asamblea?


De aplicarse la propuesta de la Ley de Convocatoria (igual a la actual estructura parlamentaria), la presidencia, la primera vicepresidencia y dos secretarías corresponderían al frente con mayoría de constituyentes; y las minorías tendrían una vicepresidencia y dos secretarías. Esta noción coincide con la que postula el MAS, mientras que Podemos plantea la creación de ocho cargos (una presidencia, tres vicepresidencias, cuatro secretarías); y CN propone que exista un vicepresidente y siete secretarías. El oficialismo decidió que la presidencia de la Constituyente recaerá en Silvia Lazarte (representante de Santa Cruz).

¿Qué forma de voto se aplicará para las deliberaciones?


Al momento se discuten dos posibilidades. Por un lado la mayoría simple, propuesta por el partido en función de gobierno, es decir con 128 votos. Y por el otro, la idea del resto de los frentes, que desean los dos tercios, lo que significa 170 votos.

¿Con qué recursos funcionará la Asamblea Constituyente y a cuánto ascienden éstos?


Son 37 millones de bolivianos provenientes el Tesoro General de la Nación (TGN).

¿Cuánto percibirá de remuneración cada constituyente?


Los constituyentes percibirán una remuneración mensual similar a la de un diputado nacional, es decir 10.500 bolivianos. La ley de convocatoria no contempla pagos extras por viáticos u otros gastos adicionales.

¿Cuál es el número máximo de asesores que puede tener cada uno de los constituyentes, y cuánto ganarán?


El número de asesores no está definido, el tema podría ser resuelto a través del reglamento de funcionamiento. Se calcula que cada representante podría tener uno, y que las comisiones contarían con equipos técnicos de apoyo (cuyo número tampoco está definido al momento). El sueldo establecido para los asesores es de 4.500 bolivianos.

¿Qué temas abordará la Asamblea Constituyente?


Esto dependerá del reglamento de funcionamiento, donde se definirá la estructura de las comisiones y los temas que abordarán. El ordenamiento reflejará la estructura de contenidos de la nueva Carta Magna. Según el MAS, básicamente hay cinco ejes temáticos de los que se desprenderían otros:

– El modelo del Estado (sea plurinacional o bien federal).

– El sistema de gobierno (mecanismos de relacionamiento entre gobernantes y gobernados, como la Asamblea Constituyente o el Referéndum).

– La estructura del poder público (Ejecutivo, Legislativo y Judicial, sus instancias de control fiscal y social). Territorialmente se definiría el Estado nacional y sus niveles subnacionales (autonomías, articulación municipal).

– El modelo de desarrollo económico, social y ambiental (temas fiscales financieros, macroeconomía, gestión de recursos naturales, tierra y territorio, servicios, desarrollo sostenible).

– Los procedimientos de reforma constitucional, junto a la jerarquía del ordenamiento jurídico.

¿Cuáles serán los actores centrales de la Constituyente?


Hay un gran protagonismo indígena, incentivado por el MAS. Sin embargo, la Asamblea Constituyente será concebida con un núcleo de convergencias. “Tendrá la dirección política de indígenas, pero no será un proyecto político de indígenas. Bolivia es una realidad heterogénea, de 40 culturas, cuatro civilizaciones, tres sistemas económicos y muchas regiones”, dice Romero.

¿Cuál es el papel de los actores sociales en el proceso?


Los asambleístas son delegados de los movimientos sociales, pero reconocen que se deben abrir al diálogo con entidades académicas, organizaciones políticas y otros sectores. De hecho, diversas organizaciones de base decidieron enviar a representantes a Sucre, para realizar el control respectivo a sus asambleístas.

¿Existen limitaciones legales a la Asamblea Constituyente?


Doctrinalmente, la Asamblea Constituyente es el estado depositario más cercano del poder constituido, se desarrolla de manera autónoma y soberana.

¿Las definiciones que tomen los asambleístas pueden estar por encima de pactos internacionales o existen temas restringidos para su tratamiento por ese tipo de acuerdos?


Por los compromisos asumidos con la comunidad internacional hay restricciones. En todo caso, la Asamblea Constituyente tiene la facultad de proyectar la no renovación de algunos tratados internacionales, si así lo consideraran sus miembros.

¿La Asamblea Constituyente puede cambiar los símbolos patrios de la nación y la división política del territorio?


La Asamblea Constituyente tiene potestad para cambiar toda la estructura del Estado. Está dentro de sus atribuciones realizar estos cambios si hay consenso entre sus representantes.

¿Cuántas propuestas de reforma a la actual Constitución Política del Estado existen?


La corriente liberal o conservadora presentó ocho propuestas y los movimientos sociales alrededor de 30. Todas varían según el énfasis que hacen en temas ambientales, indígenas y otros.

¿En base a qué a propuestas se elaborará la nueva Constitución Política del Estado?


Los constituyentes diseñarán la nueva Carta Magna sobre la base de las propuestas que envíen las organizaciones políticas y ciudadanos que quieran aportar con ideas sobre diferente temáticas.

¿Cuáles son los alcances y límites definidos para la Asamblea Constituyente?
La misión exclusiva de la Asamblea es discutir, acordar, redactar y aprobar el texto de la nueva Constitución Política del Estado. La Constituyente no podrá tomar atribuciones ni funciones de los poderes del Estado ya constituidos. Mientras delibere, los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial trabajarán normalmente, se lee en la Ley Especial de Convocatoria. No obstante, algunas corrientes del MAS plantearon la posibilidad de que el Congreso cese en sus funciones.

¿Qué se entiende por Constituyente originaria o derivada?


La originaria es la que no tiene ningún tipo de límites respecto de ningún poder constituido y de ninguna legalidad vigente. Tiene la facultad de constituir o reconstituir integralmente un Estado. La derivada emerge del poder constituido y está limitada por éste, consiguientemente tiene potestades más restringidas.

¿Cómo se puede sugerir temas para el debate de la Asamblea Constituyente?
Es un tema que debe resolver el reglamento de funcionamiento. Una corriente sostiene que los ciudadanos podrían presentar propuestas respaldadas en un número determinado de firmas (iniciativa legislativa ciudadana), y la otra establece que se debe definir mecanismos periódicos e institucionalizados de consulta entre los asambleístas y sus mandantes (asambleas territoriales).

¿La Asamblea resolverá los problemas económicos?


En la Constituyente se puede cambiar el régimen económico vigente, sin embargo esto no garantiza que los problemas se resuelvan de manera inmediata.

¿Cómo se aprobará la nueva Constitución Política?


Los constituyentes están obligados a redactar y aprobar una nueva Carta Magna en el plazo establecido por la ley de convocatoria, y debe ser aprobada por dos tercios de los votos de la Asamblea. Tras su aprobación, el Ejecutivo convocará a un Referéndum Constituyente para que los ciudadanos aprueben o rechacen, mediante su voto, la propuesta. La aprobación será por mayoría absoluta de votos (50 por ciento más uno). Si la aprobación no logra mayoría, seguirá vigente la actual Constitución.

¿Cuando se aplicarán los cambios a la Constitución


El tema será definido por la propia Asamblea Constituyente. Lo más probable es que los cambios se apliquen en el próximo período gubernamental (a partir del 2010), o bien de forma paulatina.

fuente:http://www.la-razon.com/versiones/20060803_005622/nota_244_316016.htm

fecha: 2006-09-14 17:03:39
autor: Willi Noack