DECLARACION DE LA SEGH – SCZ – 5.5.2017

0
235

(Caso limites departamentales en el sector Incahuasi)

Ante imprudentes e ingenuas manifestaciones de instituciones de Chuquisaca exigiendo derecho jurisdiccional del pozo gasífero de Incahuasi, que significa desconocer los límites con el Departamento de Santa Cruz en esa parte establecidos por ley nacional de 1912 y 1914, que sello definitivamente un largo litigio de deslinde desde la colonia. La Sociedad de Estudios Geográficos e Históricos de Santa Cruz invoca a la ciudadanía y a las autoridades nacionales y sub-nacionales a obedecer la norma constitucional y hacerla obedecer, a pesar de que el Departamento de Santa Cruz fue tremendamente afectado con el cercenamiento del territorio de todo el Chaco Boreal al sur y una superficie espacial entre Incahuasi y La Laguna al oeste. La única entidad instituida por ley y solo por disposición legislativa, para demarcar o comprobar límites es el Instituto Geográfico Militar. Sin embargo, la SEGH – SCZ está en plena condiciones de explicar, demostrar y verificar el alcance de la jurisdicción territorial de Santa Cruz desde la colonia y Estado independiente apoyado en cuerpo legislativos y documentos jurídicos auténticos, como ser: reales ordenanzas, reales cedulas provisiones virreinaticias, probanzas de conquista, informe de autoridades, cartografía oficial y otros

Así tenemos: la fundación de la Provincia Moxos, jurisdicción de la audiencia de Charcas, relación del gobernador de Santa Cruz, Lorenzo Suarez de Figueroa, disposición del rey sobre la región de los chiriguanos, límites del Arzobispado de Charcas y Obispado de Santa Cruz, reales cedulas de 1743, 1777, 1784, títulos de los gobernadores de Santa Cruz, real orden de 1782, 1783, informes de expediciones a la chiquitania, principalmente de Argamoza, Lesso, Viedma, informes de misioneros franciscanos fundadores de reducciones de la región  de Cordillera, mapa oficial del virreinato de Buenos Aires, fundación de San Lorenzo de la Frontera, su jurisdicción hasta la cordillera de los Chiriguanos, informe de Juan y Antonio Ulloa científicos españoles, relación de la conquista de los chiriguanos, auto de la audiencia de charcas de 1796, oficio del virrey Melo de 1796, decreto del 9 de febrero de 1825, creación de la provincia  Azero, 1840, fundación de Lagunillas, R. S. de 1878, ley de 1898, 1912, 1914.

Son documentos que favorecen y permiten de manera paladina el eslabonamiento del veredicto histórico y jurídico, territorial y económico sobre la mutilación de la superficie y extensión del departamento de Santa Cruz.

Santa Cruz de la Sierra, marzo de 2017

No hay comentarios

Dejar respuesta